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Capítulo 41

Patrulla

  • Las normas de este capítulo se refieren a la administración, la operación y el equipamiento de la función de patrulla del organismo de orden público.

  • Aquí, el término "patrulla" se utiliza en su acepción más amplia. Se considera que constituye una de las principales funciones del orden público, y abarca mucho más que el mero patrullaje. Se define como una función generalizada en virtud de la cual el personal puede tener que desempeñar una gran variedad de actividades, las cuales pueden abarcar desde la respuesta tradicional hasta solicitudes de servicio relacionadas con la adopción de estrategias alternativas de servicio policial.

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