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Capítulo 61

Tránsito

  • Las normas del presente capítulo regulan los procesos y los procedimientos que permiten que el organismo cumpla con sus responsabilidades y servicios en materia de seguridad vial.

  • Las actividades de apoyo incluyen la recolección y el análisis de datos, la formulación de políticas y procedimientos, el desarrollo de técnicas de orden público efectivas, la planificación de programas, la asignación y utilización del personal y la evaluación de programas.

  • Según cuál sea la organización de la función de tránsito y su grado de especialización, las responsabilidades correspondientes a algunas de sus funciones particulares pueden asignarse a los oficiales de patrulla o a otros cargos especializados.

  • Las actividades del organismo están especialmente dirigidas a mejorar la seguridad vial mediante la reducción de las infracciones a través del patrullaje preventivo y la aplicación activa de la ley. Estas normas también regulan las relaciones con los automovilistas, los peatones, los tribunales y los fiscales.

  • Las actividades del organismo relacionadas con accidentes de tránsito o choques incluyen la provisión de asistencia de emergencia para los lesionados, la preservación de la escena del accidente/choque, la realización de investigaciones en la escena o de seguimiento, la confección de informes y la adopción de las medidas de orden público aplicables al incidente.

  • Las actividades asumidas por el organismo que afectan directamente la circulación y el control de los vehículos y peatones incluyen los controles de tránsito, la ingeniería de tránsito, la supervisión de los cruces escolares, y otras actividades relacionadas con el diseño y la implementación de planes y programas que aceleren el flujo de los vehículos y los peatones.

  • Si bien algunos organismos desarrollan su propia ingeniería de tránsito con personal especialmente capacitado para ello, la mayoría mantienen una relación de enlace y uso compartido de datos con los ingenieros de tránsito empleados por la agencia local, estatal/provincial o nacional responsable de las carreteras y otros modos de transporte. Es esencial trabajar en estrecha cooperación y coordinación para lograr el mantenimiento de un sistema de carreteras seguro y eficiente.

  • Por último, el organismo puede desempeñar una gran variedad de servicios relacionados con el tránsito, como el suministro de asistencia general, asistencia de emergencia, información pública e indicaciones; la identificación y la denuncia de los peligros en la carretera y al costado del camino; la búsqueda de vehículos abandonados; y la localización y recuperación de vehículos robados.

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